LA FUNDAMENTACIÓN DE LAS SENTENCIAS: ¿UN RASGO DISTINTIVO DE LAS JUDICATURA MODERNA?
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Abstract
El deber de los jueces de fundar sus sentencias no ha sido siempre un rasgo distintivo de su posición institucional. Este trabajo explora la genealogía de esa exigencia con la finalidad de precisar sus vínculos con la modernización del derecho y la política. Para ello considera tres momentos de ese proceso –sus comienzos en torno al siglo XII, el antiguo régimen y el paso de los Estados absolutos a los Estados liberales–, observando qué factores constituyen en cada uno alicientes para su imposición o para su rechazo. Especial importancia en la explicación de la presencia o ausencia de motivos en las sentencias se atribuye al tipo de técnica decisoria a que recurra el juicio judicial, a la concepción dominante sobre el fundamento de la autoridad del juez, a las circunstancias concretas en que en cada Estado se desarrollaron las políticas de centralización del derecho y la judicatura, y a la valoración o no del precedente judicial como criterio de certeza jurídica.