LAS FACULTADES JUZGADORAS DE LA ADMINISTRACIÓN: UNA INVOLUCIÓN EN RELACIÓN AL PRINCIPIO CLÁSICO DE LA DIVISIÓN DE PODERES

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Andrés Bordalí Salamanca
Juan Carlos Ferrada Bórquez

Resumen

Los autores analizan las facultades juzgadoras que, tanto en la experiencia del derecho chileno como de derecho comparado, se le atribuyen a la Administración del Estado, sea en su vertiente tradicional o a los denominados entes administrativos independientes, para que puedan resolver determinados conflictos que se producen en algunos sectores económicos relevantes, o ya sobre específicos ámbitos objeto de regulación jurídica, como ocurre con la defensa del medio ambiente. Luego de analizar el significado de la potestad jurisdiccional a la luz de la Constitución de 1980, los autores concluyen que esos órganos administrativos facultados para resolver determinados conflictos en modo alguno desarrollan funciones jurisdiccionales, sino que desarrollan funciones administrativas, las que, en virtud del derecho a la tutela judicial, serán siempre controlables ante la potestad jurisdiccional.

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Cómo citar
Bordalí Salamanca, A., & Ferrada Bórquez, J. C. (2002). LAS FACULTADES JUZGADORAS DE LA ADMINISTRACIÓN: UNA INVOLUCIÓN EN RELACIÓN AL PRINCIPIO CLÁSICO DE LA DIVISIÓN DE PODERES. Revista De Derecho (Valdivia), 13, 187–205. Recuperado a partir de http://581087.h2bexzbj.asia/index.php/revider/article/view/2788
Sección
ESTUDIOS E INVESTIGACIONES