Correos electrónicos de autoridades públicas: En torno a una mala caracterización jurídica (Tribunal Constitucional)
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Resumen
Santiago, once de septiembre de dos mil doce.
VISTOS:
(...)
CONSIDERANDO:
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III. PRECISIONES PRELIMINARES
SEXTO. Que, por otra parte, esta Magistratura debe precisar, en primer lugar, que no está conociendo de oficio de este recurso. A ella le ha sido presentado un recurso de inaplicabilidad, por las personas y de acuerdo al procedimiento que el ordenamiento jurídico establece. El conflicto traído a esta sede consiste en resolver sobre sí los correos electrónicos cursados entre dos funcionarios públicos están o no protegidos por el artículo 19, Nos 4º y 5º, de la Carta Fundamental. Las normas impugnadas han sido invocadas por el requerimiento. Por lo mismo, este Tribunal no tiene otra alternativa que resolver el presente conflicto, tal como lo dispone el inciso segundo del artículo 3º de la ley orgánica constitucional de esta Magistratura;...